Si ya resides legalmente en España, el siguiente paso lógico es traer a tus seres queridos. Para eso existe la reagrupación familiar. La asistencia sanitaria de cada familiar que llega es uno de los requisitos obligatorios, pero se cubre de formas distintas: a unas familias les basta con la Seguridad Social y otras necesitan una póliza privada por persona. Veamos cómo saber en qué caso estás y qué se revisa en la documentación. Si tu familiar es ciudadano de la UE, no es reagrupación: mira el seguro para la tarjeta comunitaria.
Qué es la reagrupación familiar
La reagrupación familiar permite a un residente en España traer a sus familiares. Normalmente son:
- el cónyuge o pareja registrada;
- los hijos menores (propios o bajo tutela);
- los padres dependientes, en ciertas condiciones.
El reagrupante acredita ingresos suficientes, vivienda, estatus legal y asistencia sanitaria para quienes llegan. El trámite tiene dos fases: primero el residente obtiene la autorización en la Oficina de Extranjería y solo después el familiar solicita el visado en el consulado de España en su país.
Seguridad Social o seguro privado
El requisito se formula como «asistencia sanitaria», y hay dos maneras de cumplirlo:
- Por la Seguridad Social. Si el reagrupante trabaja y cotiza, los familiares que llegan suelen darse de alta como sus beneficiarios y acceden a la sanidad pública. En ese caso, muchas veces no hace falta una póliza privada aparte.
- Con un seguro privado. Si el residente vive en España sin cotizar —por ejemplo, con visado no lucrativo—, la familia no tiene cobertura pública y cada familiar que llega necesita un seguro médico privado.
Qué da realmente cada sistema lo comparamos en el artículo sobre sanidad pública y privada en España.
Dos matices explican por qué muchas familias contratan una póliza privada aunque la vía pública les valdría sobre el papel. El primero: la condición de beneficiario se tramita ya en España, y entre la entrada y la tarjeta sanitaria pasa un tiempo que la póliza cubre. El segundo: la lista de documentos la fija cada Oficina de Extranjería y la parte del visado depende del consulado, y sus exigencias no coinciden siempre. Contrasta con el listado vigente del organismo donde vas a presentar, no con una descripción general del trámite.
Qué debe cubrir la póliza
Cuando hace falta seguro privado, las condiciones son las mismas que para cualquier seguro de residencia:
- cobertura completa sin copagos: sin pagos por consulta (puedes verlo a fondo en con copago o sin copago);
- sin periodos de carencia: cobertura desde el primer día (qué son las carencias);
- para todo el año y en toda España;
- con certificado para extranjería y el consulado.
Comprobar estas condiciones producto por producto lleva tiempo. Cuéntenos en el chat quiénes vienen y le ayudamos a elegir la póliza para la reagrupación familiar y a calcular el precio de toda la familia gratis.
Cuándo contratarla y con qué fecha de inicio
La reagrupación se alarga meses, así que la duda «¿no es pronto para contratar el seguro?» aparece casi siempre. Las referencias prácticas:
- Las pólizas de residencia suelen poder contratarse en torno a 150 días antes de la llegada, mucho antes de la cita consular.
- El certificado llega normalmente en PDF justo después del pago, de modo que estará listo al presentar el expediente.
- La fecha de inicio se fija en la entrada prevista, no en el día de la compra: una póliza que caduque antes de que el familiar llegue habrá que rehacerla.
- El primer pago suele hacerse con tarjeta internacional, pero a partir del segundo año se domicilia habitualmente en una cuenta española (IBAN). Conviene abrirla pronto para el familiar que llega.
Qué se revisa en el certificado de cada familiar
La Administración no lee la póliza entera: lee el certificado de seguro, uno por cada persona que llega. Contrasta los tuyos con esta tabla antes de presentar:
| Qué debe constar en el certificado | Por qué importa |
|---|---|
| Nombre y número de pasaporte de cada familiar | los datos deben coincidir con la solicitud o el expediente vuelve para subsanar |
| Un certificado por persona, incluidos los menores | un único documento «para la familia» sin nombres no suele admitirse |
| Fechas de inicio y fin que cubran todo el periodo | una póliza más corta que la autorización no sirve |
| La expresión «sin copagos» | una póliza con pagos por consulta no cumple el requisito |
| La expresión «sin carencias» | la cobertura debe operar desde el primer día |
| Ámbito territorial: toda España | una póliza «solo en la isla» no vale |
| Aseguradora autorizada a operar en España | una póliza contratada en el país de origen no suele aceptarse para el trámite |
Particularidades para la familia
- Cobertura para todos. La necesitan todos los que llegan, adultos y niños.
- Póliza familiar. A menudo es más cómodo incluir a todos en una sola póliza familiar: más fácil de gestionar y normalmente más económica que las individuales. Lo vemos en el artículo sobre el seguro familiar en Tenerife.
- Niños. Para los niños importan la pediatría y la prevención: conviene comprobar que están incluidas.
- Padres dependientes. Reagrupar a los ascendientes exige condiciones adicionales (edad, dependencia acreditada), y la póliza de una persona mayor merece una lectura más atenta: es donde más aparecen los límites por enfermedades preexistentes.
Consejo: contrata las pólizas con antelación para presentar los certificados de toda la familia en un solo bloque. El descuadre de fechas y el certificado que falta para un menor son los motivos más habituales de subsanación.
Si deniegan la reagrupación
Las denegaciones existen, y el dinero ya invertido en pólizas preocupa con razón. Estas pólizas no suelen reembolsarse cuando el cliente simplemente se echa atrás, pero la denegación oficial del expediente sí acostumbra a estar recogida como excepción expresa: la póliza se anula presentando la resolución. La redacción cambia de un producto a otro, así que localízala en las condiciones antes de pagar, no después de la negativa.
Errores frecuentes
- Contratar un seguro de viaje: no se acepta para la reagrupación.
- No cubrir a todos: hace falta un certificado por cada familiar, menores incluidos.
- Ahorrar con una póliza con copagos: pueden denegar la solicitud.
- Fijar el inicio en la fecha de compra: la póliza puede caducar antes de la llegada.
- Dar por hecho que cotizar en la Seguridad Social lo resuelve solo: el alta como beneficiario se tramita aparte y ya en España.
Cuánto cuesta
El precio depende del número de familiares, su edad y la cobertura, así que se calcula de forma individual. El cálculo es gratuito y no compromete a nada: puedes conocer de antemano el importe para toda la familia.
¿Vas a traer a tus familiares a Tenerife y no tienes claro si necesitas una póliza privada? Pregúntanos en el chat: te ayudamos con los requisitos y preparamos un cálculo gratuito para toda la familia con un gestor.